29.12.07

La huelga.

Extraña era la fábrica inactiva.
Un silencio en la planta, una distancia
entre máquina y hombre, como un hilo
cortado entre planetas [...]
Pablo Neruda, "La huelga".

Tras 13 días de huelga en el servicio de limpieza del Metro de Madrid, la solución aún parece lejana. La movilización, convocada por todos los sindicatos representativos (UGT, USO, CGT, CNT y SUT, y con la “excepción” de Comisiones Obreras) de los trabajadores de las contratas de limpieza del Metro, prosigue mientras el único avance ha sido que los representantes de las empresas se han dignado a sentarse a negociar.

Sobre la mesa, la diferencia salarial, los pluses de penosidad y peligrosidad, jornada de 35 horas y mejoras en el equipamiento. Aunque parezca mentira, alguien que trabaja 8 horas limpiando una línea de Metro puede cobrar hasta 300 euros menos que otro trabajador que haga las mismas horas en otra línea de Metro. Algo insólito que atenta contra el más elemental principio de “a igual trabajo, igual salario”. A ello añadimos que los trabajadores no reciben ni guantes ni mascarillas ni utensilios mínimos para manejar productos químicos de limpieza.

Todo esto no se compadece con un incremento de precios del Abono de Transportes que, por enésimo año consecutivo, supera con creces el IPC.

El Gobierno regional, llamado en ejercicio de sus competencias en materia de trabajo a mediar en busca de una solución para el buen funcionamiento de un servicio público de interés prioritario como es el Metro de Madrid, lejos de aportar soluciones ha optado por enredar aún más la situación, primero decretando unos servicios mínimos del 60%, que dejan el ejercicio de la huelga en agua de borrajas, y luego con dos medidas de escasa legalidad, si no delictivas.

La primera ha sido resolver los contratos con las adjudicatarias y anunciar que saldrán nuevos pliegos para adjudicar la limpieza en el Metro. Con el artículo 111 de la vigente (aunque camino de ser derogada) Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (su Texto Refundido está en el Real Decreto Legislativo 2/2000) no se puede resolver un contrato de modo arbitrario ya que si la adjudicataria no presta el servicio es por un ejercicio por parte de los trabajadores de un derecho fundamental como es el de huelga.

¿Dónde queda el contenido esencial del derecho de huelga si el Gobierno regional, que es el encargado de velar por que el conflicto colectivo se lleve por los cauces legales, hace un lock-out encubierto? ¿Cómo pueden los trabajadores presionar mediante el cese de su actividad laboral cuando ésta es cortada de raíz por el Gobierno regional?

Frente a esto, el único consuelo que les queda es su recolocación, según el convenio (al menos no se quedan en la calle).

Eso sí, resolver los contratos a sabiendas de que se hace un acto administrativo no sujeto a Derecho es algo que tiene varios nombres y apellidos en el Código Penal.

La segunda medida, difundir vídeos en los que presuntos piquetes realizan actos de boicot de las instalaciones. Esto no es nuevo: cuando hubo una serie de averías en el Metro el año pasado, el Gobierno regional aseguró que los trabajadores boicoteaban los convoyes en los talleres para provocar las averías (algo así como el bombero pirómano).

Lo triste es que parece que determinados grupos han aprovechado el río revuelto para realizar actos antisistema, situación ésta que beneficia bien poco a los huelguistas.

Lo grave, por otro lado, no es sólo echar gratuitamente la culpa a los piquetes (aún está por probarse que uno de los vídeos no sea un montaje, dado que los trabajadores de las contratas de seguridad niegan que los piquetes hagan esos actos y el vídeo presenta cortes de montaje y debería ser una grabación continua de una cámara de seguridad), lo grave es utilizar la videovigilancia de la Red de Metro para estas cosas.

Las cámaras están instaladas para controlar la seguridad de los usuarios, único fin para el que han sido instaladas de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos, fin declarado en los carteles de las puertas de entrada a la Red. Las cámaras no pueden usarse para otros fines, del mismo modo que si yo le doy mis datos a la compañía del gas, sólo es para mi relación contractual con la compañía del gas. Las cámaras no están ni para controlar a los trabajadores ni para ninguna otra cosa, primero por el carácter finalista de los datos que tiene la Ley Orgánica, y segundo porque poner cámaras en un lugar de trabajo contravendría las recomendaciones de la Comisión Europea, que establecen que los únicos motivos para instalar cámaras en los centros de trabajo son el control de la producción y la seguridad en el puesto de trabajo.

Así que alguien se ha saltado la intimidad de los trabajadores de limpieza, de los de seguridad, de los poco que reparan las máquinas expendedoras de billetes, de los conductores, taquilleros, revisores y todo trabajador que tenga su centro de trabajo en la Red de Metro. Y eso también tiene otro nombre.

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